NO EXISTÍA “EL IMPUESTO AL SOL”, PERO AHORA MENOS.

El acuerdo entre los Estados miembros de la UE ante la propuesta del Parlamento Europeo fija en un 32% el uso de las energías renovables para 2030 e impide cualquier traba que se aplique al autoconsumo como “el Impuesto al Sol”

Viviendas con paneles solares en Sonnenschiff

Pero vayamos por partes. Efectivamente según el Tribunal Superior en su desestimación del recurso contra el R.D. 900/2015 no existe el mal llamado Impuesto al Sol. ¿Qué ocurría entonces? ¿Por qué no paramos de oír este término? Como ocurre muchas veces esto obedece más a campañas organizadas que a una realidad. En resumen lo que ocurre es que Industria quiere seguir cobrando por su infraestructura a las empresas que hagan uso de ellas y sobre todo a las que su autoconsumo suponga una reducción considerable de ingresos. El autoconsumo está fijado en los siguientes casos: 1.- Autoconsumo aislado. Son aquellas instalaciones aisladas del sistema eléctrico cuya producción se dedica al autoconsumo. Ellas no tienen que pagar ningún extra. Solo los equipos y la instalación de los paneles solares. Es decir, no están sujetas a ningún impuesto. 2.- Autoconsumo con respaldo de la Red Eléctrica. En este caso hemos de distinguir dos casos:
  1.  Instalaciones de < 10 Kw. Estas se asemejan al autoconsumo aislado en el que solo se incurrirá en los costes de instalación y se tendrá como beneficio el respaldo de la Red Eléctrica (pagando su fra en la que se incluye siempre un coste fijo y otro variable correspondiente a la distribución y mantenimiento de la Red Eléctrica)
  2.  Instalaciones de >10 Kw. Aquí está el meollo. En este caso el contratante si tendrá que pagar un cargo transitorio por la energía auto consumida. Este cargo obedece a la distribución y mantenimiento de la Red Eléctrica y se calcula por una parte fija y otra variable sobre el total de la energía consumida (incluida la auto consumida)

Paneles Solares en Naves Industriales

¿Y a partir de ahora qué?

Pues sucede que vienen buenos tiempos para las energías renovables y en concreto para la Fotovoltaica. Con el acuerdo alcanzado entre los países de la UE se establece un horizonte del 32% del consumo de energía destinado a las renovables para 2030, lo que nos acerca a los acuerdos de Paris. Y más concretamente se prohíbe hasta 2026 la aplicación de cualquier medida que penalice el autoconsumo.

Además, se establece una cláusula por la que se fija como derecho recibir una remuneración de acuerdo con el valor de mercado por la energía que se vierta a la red. Y también se fija que los paneles en una vivienda o conjunto de viviendas pueden ser propiedad de un tercero

Quedan por definir como se establecerá este Plan a nivel nacional, pero según parece, esto supondrá un renacer las energías renovables y permitirá en la Región de Murcia en concreto, un crecimiento adicional.

NOTA: Deseamos que tanta I+D invertida, tanta vocación ecologista, tanta preocupación por los ciudadanos, se materialice en dejar trabajar a estos para que puedan ahorrar y generar riqueza, manteniendo un poquito más limpio el aire que cuando llegamos, que ya estaba mal.